¿Qué actividades están prohibidas para las iglesias?
Publicado en Gobierno de la iglesia
P: Además de participar en la campaña de un candidato específico, ¿qué otras actividades pueden poner en peligro el estado de exención de impuestos de una iglesia?
A: El IRS enumera cinco actividades que pondrán en peligro el estatus de exención de impuestos de la iglesia y que señala en su Tax Guide for Churches & Religious Organizations [Guía Tributaria para Iglesias & Organizaciones Religiosas]. Sólo dos de las cinco actividades tienen relación con la política. Como se indica en la guía tributaria, "las organizaciones de la sección 501(c)(3), que incluye a las iglesias y las organizaciones religiosas, deben atenerse a ciertas normas:
- Sus ganancias netas no deben aplicarse a ningún accionista o individuo particular,
- No deben proporcionar un beneficio sustancial a los intereses privados,
- No deben dedicar una parte sustancial de sus actividades al intento de influir en la legislación,
- No deben participar o intervenir en ninguna campaña política en nombre de (o en oposición a) ningún candidato a un cargo público, y
- Los propósitos y actividades de la organización pueden no ser ilegales ni violar las políticas públicas fundamentales".
La adjudicación y el beneficio privado
Las iglesias no pueden dejar que los ingresos o los bienes de la iglesia sean adjudicados a personas en posición privilegiada [insider]. Una persona en posición privilegiada [insider] es alguien que tiene un interés personal y privado en la organización, e incluye ministros, miembros de la junta directiva de la iglesia, funcionarios y algunos empleados. La adjudicación incluiría el pago de dividendos, compensación excesiva o transferencia de propiedad por un valor inferior al precio justo de mercado.
Además, las actividades de una organización 501(c)(3) deben destinarse a fines caritativos, educativos, religiosos u otros propósitos exentos. La guía tributaria explica que "los beneficiarios de las actividades de una organización deben ser objetos de caridad reconocidos (como los pobres o los afligidos) o la comunidad en general (por ejemplo, a través de la conducción de servicios religiosos o la propagación de la religión)". Esto significa, por ejemplo, que los beneficiarios de fondos de benevolencia deben tener una necesidad genuina de asistencia.
Actividad de cabildeo y campaña política
Las iglesias no utilizarán parte sustancial de sus actividades para influir o cabildear en la legislación. Sin embargo, la guía tributaria afirma que las iglesias "pueden participar en asuntos de política pública siempre que la actividad no sea considerada cabildeo". Por ejemplo, las iglesias pueden llevar a cabo reuniones educativas y preparar materiales educativos como guías electorales. Sin embargo, a las iglesias y organizaciones religiosas les está prohibido participar en la campaña política de un candidato. No se permite ninguna declaración pública a favor o en contra de un candidato en particular.
La guía tributaria para iglesias y organizaciones religiosas incluye muchos más detalles y ejemplos de lo que se permite y no se permite en estas cinco áreas. La guía puede descargarse desde la página de Internet del IRS y es un recurso valioso.